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Concesión de subvenciones 2025 dirigidas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos.

02 Dec 2025
Se conceden las subvenciones convocadas mediante Resolución de 6 de agosto de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2025

Primero Conceder a las entidades y proyectos citados en el anexo I de la presente resolución las subvenciones solicitadas por el importe que aparece especificado en el mismo dentro del crédito disponible de acuerdo con el Resuelvo segundo de la convocatoria.

Los importes globales, del presupuesto de gastos de la Generalitat para el ejercicio 2025, concedidos para proyectos de cooperación al desarrollo para la promoción de alianzas estratégicas con países estructuralmente empobrecidos, han sido los siguientes:

– 6.419.443,00 € con cargo a la Línea S159000000: «Convocatoria para promoción Consorcios de Cooperación Internacional al Desarrollo para el Impulso de Sector Estratégicos Valencianos en exterior correspondiente al Capítulo IV, aplicación presupuestaria G0116.0302GE00000.134A00.48101.

– 1.684.498,00 € con cargo a la Línea S159100000: «Convocatoria para promoción Consorcios de Cooperación Internacional al Desarrollo para el Impulso de Sector Estratégicos Valencianos en exterior» correspondiente al capítulo VII, aplicación presupuestaria G0116.0302GE00000.134A00.78101. Una vez aplicados los importes concedidos del anexo I, quedan los siguientes remanentes:

– Línea S15900000: «Convocatoria para promoción Consorcios de Cooperación Internacional al Desarrollo para el Impulso de Sector Estratégicos Valencianos en exterior» dotada con un importe máximo de 6.575. 000.euros, en el capítulo IV, para la financiación de gastos corrientes, en la aplicación presupuestaria G0116.0302GE00000.134A00.48101 queda un remanente de 155.557,00 €.

– Línea S159100000: «Convocatoria para promoción Consorcios de Cooperación Internacional al Desarrollo para el Impulso de Sectores Estratégicos Valencianos en exterior» dotada con un importe máximo de 1.700.000 euros, en el capítulo VII, para la financiación de gastos de capital, en la aplicación presupuestaria G0116.0302GE00000.134A00.78101 queda un remanente de 15.502,00 €.

Considerando las cuantías de los proyectos inmediatamente siguientes en puntuación y en aplicación del principio de suficiencia de la financiación de las actuaciones, la Comisión de valoración considera que no resulta procedente distribuir este remanente entre las restantes solicitudes cuyos proyectos han superado la valoración técnica mínima.

Las entidades beneficiarias deberán presentar el modelo de aceptación normalizado en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de esta resolución de concesión, de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación de esta convocatoria, en la sede electrónica de la Generalitat, accediendo a la url https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=104674

El incumplimiento de la comunicación de aceptación en este plazo determinará la inadmisión de la convocatoria.

Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, cualquier solicitante podrá renunciar a la subvención antes del libramiento de los fondos de manera expresa, de forma telemática en el trámite citado en el párrafo anterior. Si la renuncia se produce después de haber percibido la subvención concedida, habrá de reintegrarse la cantidad percibida más los intereses legales correspondientes.

Segundo Denegar las subvenciones solicitadas a las entidades y proyectos citados en el anexo II, de la presente resolución, por los motivos que se expresan en el mismo.

Tercero Inadmitir a las entidades y proyectos citados en el anexo III de la presente resolución las subvenciones solicitadas, por el motivo que se expresa en el mismo.

Cuarto Comunicar a las entidades beneficiarias el presupuesto validado del proyecto cuya ejecución debe adecuarse al mismo. Las entidades beneficiarias que se relacionan a continuación deberán presentar la reformulación de la actuación en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación en el DOGV de esta resolución de concesión, de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación de esta convocatoria, en la sede electrónica de la Generalitat, accediendo a la URL https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=104674

ANEXO I Relación de subvenciones concedidas

ANEXO II Relación de solicitudes desestimadas

ANEXO III Relación de solicitudes inadmitidas 

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